Aviso sobre viajes después de una condena penal
¿Ha sido condenado de algún delito y ha viajado afuera de los EE. UU. después de recibir la residencia?
En caso afirmativo, USCIS puede determinar que Ud. estaba inadmisible cuando regresó a los EE. UU. y ponerle en procedimiento de remoción en la corte de inmigración.
Puede ser una preocupación si se fue condenado de:
- Un “delito que implica depravación moral” como un crimen que incluye el robo o el fraude, un delito sexual, o asalto a mano armada.
- Un delito de drogas
- Varios delitos (no importa cuales tipos) si se recibió un castigo de 5 años en total de confinamiento
- Prostitución
- Narcotráfico
- Trata de personas
- Lavado de dinero
Note: Una decisión “aplazamiento sin determinación” (continuance without a finding) o una disposición de CWOF en el estado de Massachusetts es igual a una condena según las leyes de inmigración
Note: No importa cuantos años en el pasado fue la condena.
Note: Si Aduanas y Protección Fronteriza (CPB) se dio permiso entrar en los EE.UU. después de la condena no significa que USCIS no determinará que se fue inadmisible al tiempo de entrada y por eso se es inelegible para la ciudadanía.